Andalucía

Ley de Dependencia
Junta de Andalucía — tramitación online

Gestionamos la ayuda a la dependencia en Andalucía ante la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de Andalucía. Sin desplazamientos, sin burocracia, sin sorpresas.

14–15
meses de espera real en Andalucía (mayo 2026)
352.000
personas atendidas por el sistema de dependencia en Andalucía
Importante: El plazo legal es 6 meses, pero la espera real en Andalucía supera el año. Cada error documental paraliza el expediente semanas. La Junta aplica el modelo de visita única — presentar bien desde el principio es la única forma de no perder tiempo.
Organismo competente
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía · Tramitación telemática preferente
Normativa aplicable
Ley 39/2006 de Dependencia + Ley 9/2016 de Servicios Sociales de Andalucía
Actualizada con resoluciones 2025–2026
DOCUMENTACIÓN

Documentos para solicitar la ley de dependencia Junta de Andalucía

La Junta de Andalucía exige documentación específica para cada caso. No basta con tenerlos — cada documento tiene requisitos de formato y contenido mínimo que varían según la situación del solicitante.

Formulario oficial de Solicitud de Dependencia

Modelo oficial de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Cumplimentado y firmado. Si contratas la Gestión Completa, lo rellenamos nosotros sin errores

Informe de Salud en Modelo Normalizado de Andalucía

Debe estar suscrito por profesional del Sistema Sanitario Público de Andalucía. No es válido un informe médico genérico ni de médico privado

DNI / NIE del solicitante y representante

La Agencia puede consultarlo electrónicamente si se autoriza. Si no se autoriza expresamente, hay que aportarlo en papel

Acreditación de residencia (empadronamiento)

Certificado del Ayuntamiento. Extranjeros no comunitarios deben acreditar además 5 años de residencia legal continuada en España

Autorización para verificación de datos económicos

Permite a la Agencia consultar directamente a la Agencia Tributaria y la Seguridad Social para calcular la capacidad económica del solicitante

Certificado de titularidad bancaria (IBAN)

A nombre del dependiente, no del familiar cuidador. Es uno de los errores más frecuentes que provoca subsanación inmediata

Documentación acreditativa de la representación

Si se presenta en nombre de otra persona. Necesaria para que podamos actuar en nombre del solicitante ante la Agencia

Informe Social (si procede)

En algunos casos la Agencia puede solicitar informe del trabajador social de los Servicios Sociales Comunitarios del municipio de residencia

CÓMO FUNCIONA

Proceso de la Ley de Dependencia Junta de Andalucía

Desde 2023 la Junta de Andalucía aplica un modelo simplificado: una sola visita, una sola resolución. Te explicamos cada paso.

1

Nos envías tu documentación — nosotros la revisamos

Analizamos cada documento según los requisitos específicos de la Junta de Andalucía y te emitimos el Informe de Viabilidad en 24-48h. Sabrás exactamente qué está correcto y qué falta antes de dar ningún paso más.

2

Presentamos el expediente en la Ventanilla Electrónica de la Dependencia

Cumplimentamos el formulario oficial y presentamos el expediente telemáticamente ante la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Recibirás el justificante oficial de registro con número y fecha de entrada.

3

La Junta de Andalucía concerta la visita del equipo valorador

La Junta de Andalucía contactará por teléfono para concertar la fecha de la visita en el domicilio. En esa única visita el equipo valorador aplica el baremo BVD, informa de las prestaciones disponibles y recoge la preferencia del solicitante para elaborar el PIA.

4

Resolución única con grado reconocido y prestación asignada

La Junta de Andalucía emite en una sola resolución el grado reconocido y el Programa Individual de Atención (PIA) con la prestación asignada. La notificación llega al domicilio o a la sede electrónica. El plazo real en Andalucía se sitúa actualmente en torno a los 446 días desde la presentación.

NUESTROS SERVICIOS

Cómo podemos ayudarte

Dos pasos, cada uno con su precio. Empieza por la revisión y decide con toda la información.

PASO 1

Paso 1 Revisión Profesional de tu caso

Antes de presentar nada, analizamos tu situación completa. Si detectamos incidencias o falta documentación importante, te lo indicamos antes de continuar, no cuando ya hayas pagado más.

79

Pago único · Sin permanencia

Analisis de tu documentación
Viabilidad de tu caso
Detección de errores antes de presentar
Solicitud de documentación adicional si procede
Revisión garantizada en 24-48h
Sabrás si eres candidato antes de gastar más
PASO 2

Paso 2 Presentación completa del expediente

Preparamos tu expediente completo y lo presentamos ante la administración autonómica. Una vez registrado, recibirás el justificante oficial y una guía completa para entender cada etapa del proceso que viene.

199

Precio cerrado · Sin costes adicionales · Toda España

Preparación completa del expediente
Presentación ante la administración autonómica
Entrega del justificante oficial de registro
Presentado en 24-48h
Guía del proceso posterior paso a paso
PRESTACIONES ECONÓMICAS

Ayuda a la dependencia Junta de Andalucía: ¿cuánto se cobra en 2026?

Las ayudas a la dependencia en Andalucía se basan en los importes estatales del Real Decreto vigente. El importe real depende del grado reconocido, el tipo de prestación y la capacidad económica del solicitante.

Tipo de prestaciónGrado I
Dep. moderada
Grado II
Dep. severa
Grado III
Gran dependencia
Vinculada al servicio
Residencia o centro de día autorizado
hasta 313,50€/meshasta 445,30€/meshasta 747,25€/mes
Cuidados en el entorno familiar
Para el cuidador no profesional del hogar
hasta 180,00€/meshasta 315,90€/meshasta 455,40€/mes
Asistencia personal
Asistente personal contratado
hasta 313,50€/meshasta 747,25€/meshasta 747,25€/mes
Vinculada al servicio
Residencia o centro de día autorizado
Grado Ihasta 313,50€/mes
Grado IIhasta 445,30€/mes
Grado IIIhasta 747,25€/mes
Cuidados en el entorno familiar
Para el cuidador no profesional del hogar
Grado Ihasta 180,00€/mes
Grado IIhasta 315,90€/mes
Grado IIIhasta 455,40€/mes
Asistencia personal
Asistente personal contratado
Grado Ihasta 313,50€/mes
Grado IIhasta 747,25€/mes
Grado IIIhasta 747,25€/mes
Importes máximos oficiales según Real Decreto vigente. El importe real depende de la renta del solicitante y de la modalidad asignada en el PIA. Las cuantías se actualizan anualmente por el IMSERSO. Algunas prestaciones en Andalucía pueden complementarse con fondos autonómicos propios.
GRADOS DE DEPENDENCIA

Grados de dependencia Junta de Andalucía: Grado I, II y III

La Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía reconoce tres grados de dependencia según el resultado del Baremo de Valoración (BVD). El grado determina las prestaciones y servicios a los que puede acceder la persona dependiente.

GRADO I Dependencia moderada

La persona necesita ayuda al menos una vez al día para realizar actividades básicas de la vida diaria, o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado. Puntuación BVD entre 25 y 49 puntos. Es el grado con menor cuantía económica pero da acceso a servicios y prestaciones desde el primer día reconocido.

GRADO II Dependencia severa

La persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas dos o tres veces al día pero no requiere la presencia permanente de un cuidador. Puntuación BVD entre 50 y 74 puntos. Accede a prestaciones económicas más elevadas y a servicios como centros de día o ayuda a domicilio intensiva.

GRADO III Gran dependencia

La persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas varias veces al día y requiere la presencia indispensable y continua de otra persona. Puntuación BVD de 75 puntos o más. Es el grado con las cuantías más altas — hasta 747,25€/mes en prestación vinculada al servicio — y el que da acceso a la asistencia personal.

El grado lo determina el técnico valorador de la Junta de Andalucía durante la visita domiciliaria, aplicando el Baremo oficial. Una documentación médica completa y bien preparada es clave para que la valoración refleje correctamente la situación real del solicitante.
PREGUNTAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes sobre la Ley de Dependencia en Andalucía 2026

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Revisamos tu documentación en 24-48h. Si no sois candidatos, os lo decimos antes de ir más lejos.

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