Solicitar la Ley de Dependencia
Madrid — tramitación online
Gestionamos la ayuda a la dependencia en la Comunidad de Madrid ante la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales. Sin colas, sin desplazamientos, sin letra pequeña.
Documentos para solicitar la ayuda a la dependencia en Madrid
La Comunidad de Madrid exige documentación específica para cada caso. No basta con tenerlos — cada documento tiene requisitos de formato, fecha de emisión y contenido mínimo que varían según la situación del solicitante.
Formulario oficial de Solicitud (Modelo 1283F1)
Cumplimentado y firmado. Si contratas la Gestión Completa, nosotros lo rellenamos sin errores
Informe de Salud en Modelo Oficial de la Comunidad de Madrid
No es válido un informe médico genérico. Debe estar en el documento oficial de la CM y reflejar el estado funcional real
Informe Social de Zona
Emitido por el trabajador social del Centro de Servicios Sociales municipales. Te ayudamos a coordinar su obtención para evitar retrasos
DNI / NIE del solicitante y representante
La Consejería lo consulta electrónicamente por defecto — solo hay que aportarlo en papel si te opones expresamente
Acreditación de residencia (empadronamiento)
Consulta electrónica por defecto. Extranjeros no comunitarios deben aportar además el certificado del Ministerio del Interior que acredite 5 años de residencia legal en España
Datos económicos (Renta y Pensiones)
La Consejería consulta directamente a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social. Es obligatorio para calcular la cuantía de la prestación
Certificado de titularidad bancaria (IBAN)
Documento del banco donde conste que la persona dependiente es titular o cotitular. No es válida una cuenta a nombre del familiar
Autorización de representación
Documento firmado que nos faculta legalmente para actuar en nombre del solicitante ante la Consejería de Familia
Proceso de la ley de dependencia en la Comunidad de Madrid
La tramitación en Madrid sigue el procedimiento estatal con particularidades autonómicas que conocemos en detalle.
Nos envías tu documentación — nosotros la revisamos
Revisamos cada documento según los requisitos específicos de la Comunidad de Madrid y te emitimos el Informe de Viabilidad en 24-48h. Sabrás exactamente qué está listo y qué falta antes de dar ningún paso más.
Preparamos y presentamos el expediente ante la Consejería
Cumplimentamos todos los formularios oficiales y presentamos el expediente completo telemáticamente ante la Consejería de Familia. Recibirás el resguardo oficial de registro con número, fecha y hora de presentación.
La administración concerta la visita del técnico valorador
Un técnico de la Consejería visitará el domicilio para aplicar el baremo BVD. Este paso lo organiza la propia administración y concertará la cita directamente contigo por correo postal.
Resolución y notificación por correo postal
La Consejería emite la resolución con el grado reconocido (I, II o III) y la prestación asignada. La notificación llega al domicilio por correo postal. En Madrid el plazo real es de 12 a 16 meses desde la presentación.
Cómo podemos ayudarte
Dos pasos, cada uno con su precio. Empieza por la revisión y decide con toda la información.
Paso 1 — Revisión Profesional de tu caso
Antes de presentar nada, analizamos tu situación completa. Si detectamos incidencias o falta documentación importante, te lo indicamos antes de continuar, no cuando ya hayas pagado más.
79€
Pago único · Sin permanencia
Paso 2 — Presentación completa del expediente
Preparamos tu expediente completo y lo presentamos ante la administración autonómica. Una vez registrado, recibirás el justificante oficial y una guía completa para entender cada etapa del proceso que viene.
199€
Precio cerrado · Sin costes adicionales · Toda España
¿Quién puede solicitar la Ley de Dependencia en Madrid?
Pueden solicitar la Ley de Dependencia en Madrid las personas que necesitan ayuda para realizar actividades básicas de la vida diaria debido a la edad, una enfermedad o una discapacidad. Entre los casos más habituales se encuentran las personas mayores que necesitan ayuda para vestirse, ducharse o desplazarse dentro de casa, personas con Alzheimer u otras demencias, y personas con discapacidad física, intelectual o sensorial que requieren apoyo continuado para mantener su autonomía.
La Comunidad de Madrid evalúa cada situación de forma individual mediante una valoración oficial realizada en el domicilio del solicitante. A partir de esa valoración se determina el grado de dependencia reconocido y las ayudas o servicios que pueden corresponder según las necesidades de la persona.
Si tienes dudas sobre si tu familiar cumple los requisitos o sobre la documentación necesaria, puedes solicitar una revisión profesional previa que te permitirá saber exactamente qué documentos necesitáis y si vuestro caso tiene opciones reales antes de presentar la solicitud ante la Comunidad de Madrid.
¿Qué ocurre después de presentar la solicitud de dependencia en Madrid?
Una vez presentada la solicitud de dependencia en Madrid, la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales revisa la documentación y registra oficialmente el expediente. Posteriormente se programa la visita de un técnico valorador, que acudirá al domicilio para aplicar el Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD) y determinar el grado de dependencia reconocido.
Tras la valoración, la administración emite una resolución oficial y, en caso favorable, inicia la elaboración del Programa Individual de Atención (PIA), donde se determina la prestación económica o servicio que recibirá la persona dependiente. Este proceso incluye ayudas económicas, servicios de ayuda a domicilio, centros de día, asistencia personal o prestaciones para cuidados en el entorno familiar, según cada caso.
Aunque el plazo legal es de seis meses, los tiempos reales de la Ley de Dependencia en Madrid suelen situarse entre 12 y 16 meses. Además, los atrasos se calculan desde la fecha de presentación de la solicitud, por lo que cualquier error documental o requerimiento de subsanación puede retrasar tanto la resolución como el acceso efectivo a las prestaciones que correspondan. Presentar correctamente el expediente desde el primer momento es una de las mejores formas de evitar retrasos innecesarios.
Ayuda a la dependencia en Madrid: ¿cuánto se cobra en 2026?
Las ayudas a la dependencia en la Comunidad de Madrid dependen del grado reconocido, el tipo de prestación y la capacidad económica del solicitante. Importes máximos oficiales 2025–2026.
Preguntas sobre la dependencia en Madrid (2026)
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¿Tu familiar necesita la ayuda a la dependencia en Madrid?
Revisamos tu documentación en 24-48h. Si no sois candidatos, os lo decimos antes de ir más lejos.